Feriado del 17 de agosto: qué dice la ley sobre el trabajo y el cobro de la jornada

Editar noticia

Foto: Diario Sindical

El próximo lunes 17 de agosto será feriado nacional en conmemoración del paso a la inmortalidad del General José de San Martín, por lo que se conformará un fin de semana largo de tres días junto al sábado 15 y el domingo 16.

Al tratarse de un feriado nacional, para los trabajadores alcanzados por la Ley de Contrato de Trabajo rigen las disposiciones correspondientes a este tipo de jornadas.

En primer lugar, quienes no deban prestar tareas tendrán el día libre y conservarán el derecho a percibir la remuneración habitual.

En cambio, quienes sean convocados a trabajar durante el lunes deberán cobrar el doble de una jornada normal. Es decir, además del salario correspondiente al día, deberán recibir un recargo del 100% por haber trabajado durante el feriado.

Para los trabajadores que deban prestar servicios, el pago diferencial constituye un derecho establecido por la normativa laboral y no depende de la decisión particular del empleador.


Compartir esta nota