Reforma laboral: la Justicia federal suspendió la cautelar de la CGT, pero resta la sentencia definitiva

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Foto: Diario Sindical

La Justicia federal dejó sin efecto la cautelar que mantenía suspendidos 81 artículos de la reforma laboral impulsada por el gobierno de Javier Milei, en el marco de la causa iniciada por la Confederación General del Trabajo (CGT).

La decisión fue tomada por Macarena Marra Giménez, titular del Juzgado Contencioso Administrativo Federal N°12, quien revocó la medida provisoria que desde fines de marzo frenaba parte de la aplicación de la Ley 27.802.

La cautelar original había sido dictada por el Juzgado Nacional del Trabajo N°63 y alcanzaba artículos vinculados a contratación laboral, régimen indemnizatorio, negociación colectiva, derecho de huelga, tutela sindical, período de prueba, vacaciones y convenios colectivos, entre otros puntos centrales de la reforma.

El expediente pasó al fuero contencioso administrativo luego de que la Cámara resolviera un conflicto de competencia entre tribunales y determinara que el caso debía tramitar fuera de la Justicia laboral.

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En los fundamentos del fallo, la magistrada sostuvo que suspender una parte sustancial de una ley aprobada por el Congreso implicaba avanzar sobre cuestiones que requieren un análisis profundo y definitivo. En ese sentido, remarcó la “presunción de legitimidad” que poseen las normas sancionadas por el Poder Legislativo y advirtió que una cautelar no puede reemplazar el tratamiento de fondo de la constitucionalidad de la ley.

La jueza también consideró que no estaba acreditado el requisito de “peligro en la demora”, uno de los elementos necesarios para mantener vigente una medida cautelar. Según explicó, la causa tramita bajo un procedimiento sumarísimo que prevé plazos abreviados para llegar a una sentencia definitiva.

Además, el fallo subrayó que los planteos realizados por la CGT abarcan una amplia variedad de derechos laborales y sindicales -como representación gremial, condiciones de trabajo, remuneraciones y extinción del vínculo laboral-, cuestiones que demandan un examen integral y no pueden resolverse de manera provisoria sin anticipar criterio sobre el resultado final del litigio.

La resolución aclara, sin embargo, que el levantamiento de la cautelar no representa todavía una definición definitiva sobre la constitucionalidad de la reforma laboral ni sobre la legitimación de la CGT para impulsar la demanda. Ambos puntos deberán resolverse más adelante, cuando el tribunal dicte sentencia sobre el fondo de la cuestión.


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