¿Cuáles son las actividades alcanzadas por el decreto que vulnera el derecho de huelga?

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Foto: Diario Sindical

El Gobierno nacional oficializó una medida que representa un fuerte retroceso en materia de derechos laborales. 

A través del decreto 340/2025, publicado en el Boletín Oficial, Javier Milei introdujo modificaciones a la Ley 25.877 y restringió severamente el derecho de huelga al ampliar las actividades consideradas esenciales y crear una nueva categoría: los servicios de importancia trascendental.

La medida fue incorporada sorpresivamente dentro del decreto que desregula la marina mercante, y reemplaza por completo el artículo 24 de la mencionada ley. A partir de ahora, los conflictos laborales que involucren sectores estratégicos deberán garantizar servicios mínimos del 75% en el caso de las actividades esenciales y del 50% para aquellas catalogadas como trascendentales, incluso durante una huelga.

¿Qué actividades abarca el decreto?

Se consideran servicios esenciales:
  • Salud y hospitales, transporte y distribución de medicamentos e insumos, servicios farmacéuticos.
  • Agua potable, gas, energía eléctrica y otros combustibles.
  • Telecomunicaciones, internet y comunicaciones satelitales.
  • Aeronáutica comercial y control de tráfico aéreo y portuario.
  • Servicios aduaneros y migratorios.
  • Educación inicial, primaria, secundaria y especial.
  • Transporte marítimo y fluvial y sus actividades conexas.

Se definen como actividades de importancia trascendental:
  • Producción de medicamentos e insumos hospitalarios.
  • Transporte terrestre y subterráneo de personas y mercancías.
  • Servicios de radio y televisión.
  • Industrias continuas: siderurgia, aluminio, química, cementera.
  • Industria alimenticia en toda su cadena de valor.
  • Construcción, reparación de aeronaves y buques, logística, minería, frigoríficos, correos, agroindustria.
  • Bancos, servicios financieros, hotelería, gastronomía y comercio electrónico.
  • Producción de bienes o servicios vinculados a compromisos de exportación.

Avance contra los derechos laborales

Desde la Confederación General del Trabajo (CGT) rechazaron en duros términos la medida y denunciaron que “intenta suprimir el derecho a huelga en la Argentina de un plumazo y sin debate ni análisis previo”. Al mismo tiempo la calificaron como una avanzada del Gobierno que busca borrar derechos conquistados.

“En la práctica, esta decisión equivale a cercenar el derecho constitucional a huelga de millones de trabajadoras y trabajadores”, advirtió la central obrera, que anticipó que dará las batallas necesarias “en los tribunales, en la calle o en los puestos de trabajo”.


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