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Foto: Faecys
Este lunes la actividad mercantil se ve restringida debido a la conmemoración del Día del Empleado de Comercio. Si bien la fecha original es el 26 de septiembre, la misma fue trasladada a este lunes en Córdoba y al 30 de septiembre en Buenos Aires.
La jornada se encuentra consagrada en la Ley 26.541, por lo que empleadas y empleados están exentos de prestar servicios laborales si así lo decidieron.
Quienes resolvieron ejercer sus funciones este lunes deberán percibir la remuneración normal de los días laborales más un recargo del 100%.
Desde la Asociación Gremial de Empleados de Comercio (Agec) y la Federación Argentina de Empleados de Comercio y Servicios (Faecys) informaron que en ningún caso podrá considerarse el día como un franco compensatorio de descanso semanal.
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