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Este lunes, el Gobierno nacional oficializó los cambios en el Impuesto a las Ganancias mediante el decreto 652/2024, publicado en el Boletín Oficial.
Las modificaciones son parte del Paquete Fiscal aprobado por el Congreso junto a la Ley de Bases. Esta medida se suma a las ya implementadas normativas sobre moratoria, blanqueo y Bienes Personales.
Quiénes volverán a pagar a partir de julio
La nueva normativa mantiene la reducción del piso a $1,8 millones para solteros y soltearas (unos $1,5 millones netos) y $2,2 millones para personas con dos hijos o hijas (1,95 millones netos), según lo aprobado por el Congreso. Ello entrará en vigor en julio, con impacto en los salarios que las y los trabajadores recibirán a principios de agosto.
Anteriormente, el mínimo no imponible era equivalente a 15 salarios mínimos, lo que representaba $2.340.000 hasta junio y $3,5 millones a partir de julio.
Demandas de la CGT
La CGT solicitó, sin éxito, una actualización del piso, argumentando que el proyecto original fue redactado "hace 5 meses y no puede seguir siendo el mismo, porque en ese periodo hubo un 60% de inflación", según señaló Héctor Daer, cotitular de la central obrera tras una reunión con el Gobierno.
No obstante, la actualización del mínimo no imponible se realizará de forma trimestral durante este año, en septiembre, y luego de manera semestral, basada en el Índice de Precios al Consumidor (IPC).
Nuevos valores del Impuesto a las Ganancias
Los nuevos valores del impuesto a pagar varían desde aproximadamente $3.000 mensuales hasta unos $60.000 mensuales para aquellos actualmente exentos. Para quienes ganan más de $2.500.000 brutos, el impuesto puede superar los $100.000 mensuales.
Se estima que entre 800.000 y un millón de trabajadores y trabajadoras que se encontraban exentos, como bancarios, mineros, siderúrgicos, camioneros, aceiteros o personal jerárquico, volverán a pagar el impuesto en alícuotas que van del 5 al 35%.
Una novedad es que todos los pagos adicionales que reciban las y los trabajadores, como horas extras, aguinaldo, viáticos de larga distancia (camioneros) y zona patagónica, estarán incluidos en el cálculo del impuesto.
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