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Foto: Página 12
El apartado laboral de la Nueva Ley Bases fue aprobado por mayoría este martes en la Cámara de Diputados y ahora deberá remitirse al Senado en busca de su sanción definitiva.
El Título V de Modernización Laboral incluye una serie de modificaciones en la materia, cuyos principales aspectos se detallan a continuación:
Fondo de cese laboral: se instaura este mecanismo como alternativa a las indemnizaciones, debiéndose constituir a través de cambios en el convenio colectivo de trabajo de cada rama o actividad. Consistirá en un aporte mensual a cargo de las y los trabajadores, el cual no podrá superar el 8% del salario y será retenido por el empleador. La reglamentación del proceso administrativo deberá ser reglamentado por la Secretaría de Trabajo de la Nación.
Período de prueba: tendrá una vigencia de seis meses, aunque con la posibilidad de ampliarlo: hasta ocho meses en las compañías de seis y hasta cien trabajadores y trabajadoras; y de hasta un año en las empresas de hasta cinco empleados y empleadas.
Despidos sin causa: con independencia de haberse mediado o no el previo aviso y luego del período de prueba, la indemnización será equivalente a un mes de sueldo por cada año de servicio a partir de los tres meses, tomando como base la mejor remuneración del último año y excluyendo del cálculo el aguinaldo y otros conceptos de pago semestral o anual.
Discriminación: se agravan las indemnizaciones para aquellos despidos que, tras una sentencia judicial, hayan sido ordenados por actos discriminatorios.
Maternidad: queda prohibido el trabajo del personal femenino o persona gestante durante los 45 días anteriores al parto y hasta 45 días después del mismo. Sin embargo, la persona interesada podrá optar por que se le reduzca la licencia anterior al parto, que en tal caso no podrá ser inferior a 10 días. El resto del período total de licencia se acumulará al período de descanso posterior al parto.
Colaboradores: las y los trabajadores independientes podrán contar con hasta cinco colaboradores o colaboradoras para realizar un emprendimiento productivo. Asimismo, tendrán la chance de acceder a un régimen especial basado en la relación autónoma, sin vínculos de dependencias.
Sin sanciones: se eliminan las multas por trabajo no registrado.
Simplificación registral: se conforma un régimen simplificado de registración laboral con un aporte único para las empresas que cuenten con hasta 20 empleados y empleadas.
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