Es oficial la convocatoria al Consejo del Salario para fijar el valor del haber mínimo

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El Ministerio de Capital Humano emitió la Resolución 108/2024, en la cual convocó a representantes del movimiento obrero, empresarios y el Estado a participar en una reunión del Consejo del Salario Mínimo, Vital y Móvil el próximo martes 30 de abril a las 16 horas de forma virtual con el objetivo de fijar el monto del haber mínimo.

Además, la Comisión del Salario Mínimo, Vital y Móvil y Prestaciones por Desempleo se reunirá previamente a las 14 horas del mismo día, con el propósito de avanzar en la determinación del Salario Mínimo y de los montos mínimos y máximos de la prestación por desempleo.

La resolución también designó a Liliana Acosta de Archimbal como presidenta alterna del Consejo Nacional del Empleo, la Productividad y el Salario Mínimo, Vital y Móvil. La funcionaria fue recientemente nombrada como subsecretaria de Relaciones del Trabajo en la cartera que encabeza Sandra Pettovello.

La convocatoria se produce en vísperas del Día Internacional de las y los Trabajadores y será la segunda reunión plenaria del año. La primera, realizada en febrero, no logró un acuerdo entre las partes, lo que llevó al Ejecutivo a definir un aumento del 30% en el piso salarial en dos tramos (febrero y marzo).

El salario inicial pasó así de $156.000 a $180.000 en febrero para las y los trabajadores mensualizados, mientras que en marzo alcanzó los $202.800. Para empleadas y empleados jornalizados, la hora aumentó de $780 a $900 en febrero y $1.014 en marzo.

Este aumento del 30% del sueldo mínimo en el primer trimestre del año representó una caída del 15,8% frente a la inflación del mismo periodo, que se ubicó en 51,6%. Se espera que el deterioro del salario se profundice en abril, ya que la actualización de los ingresos no será retroactiva, sino que se aplicará a partir de mayo.

La actualización del Salario Mínimo, Vital y Móvil no solo afecta la fijación del sueldo mínimo, sino que también incide en el piso de los haberes jubilatorios, el valor del seguro por desempleo y actúa como variable ordenadora para el cálculo de las Asignaciones y del impuesto a las Ganancias.

En relación con este último tributo, la exención de Ganancias se aplica para las y los trabajadores que ganan menos de 15 salarios mínimos, hoy equivalente a $3.042.000. Por lo tanto, el cambio en el valor del sueldo base afecta la cantidad de asalariados y asalariadas que quedan excluidos del impuesto. 

Por otro lado, respecto a los programas sociales, la actualización del Salario Mínimo, Vital y Móvil determinará un incremento sobre los montos que perciben las y los beneficiarios.


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