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El Ministerio de Trabajo también estableció las pautas a considerar respecto a las fechas de facturación y nómina de las empresas que quieran acceder al beneficio.
Foto: Télam
El Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación fijó oficialmente este martes el plazo para la inscripción al Programa de Recuperación Productiva (Repro) II para el período correspondiente a los salarios de febrero, que estará vigente hasta el viernes próximo.
La norma establece además las pautas a considerar respecto de las fechas de facturación y nómina de las empresas que quieran acceder al beneficio.
Los meses seleccionados para el cálculo de la variación interanual de la facturación serán enero de 2020 y el mismo mes de este año. Para el caso de las empleadoras y los empleadores que hayan iniciado su actividad económica a partir del 1 de diciembre de 2019, no se considerará este requerimiento.
Además, la resolución indicó que enero último es el mes seleccionado para determinar la nómina de personal y los salarios de referencia.
El Repro II aporta asistencia para el pago de sueldos de $ 9.000 (sectores no críticos), $ 12.000 (críticos) y $ 18.000 (salud).
Desde el Ministerio de Trabajo señalaron que "con el objeto de permitir que el universo de potenciales sujetos alcanzados puedan acceder al beneficio, se estima necesario establecer el plazo para la inscripción al citado programa para el período correspondiente a los salarios devengados en febrero de 2021, a través del servicio web del Programa en la página web de la AFIP".
Como resultado de la inscripción de enero, el Repro II alcanzó a 10.065 empresas, lo que implica la asistencia a 321.472 trabajadores y trabajadoras, por un monto total de 3.600 millones de pesos, según información oficial.
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